Los Derechos Humanos son inherentes a los seres humanos. Se fundamentan en la dignidad sin distinción de sexo, etc., (ONU, 2019). En ese sentido, el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos como parte de los DDHH, involucra el respeto y la protección de una amplia gama de libertades y derechos concatenados a la dignidad, libertad e igualdad; debido a que procuran por el reconocimiento y la protección de la facultad de las personas de tomar decisiones libres sobre su sexualidad y su reproducción.
En la Cartilla se presenta información relevante para que las organizaciones sociales puedan realizar procesos de formación interna y así se fortalezca el monitoreo desde la sociedad civil a la actuación institucional en el marco de las movilizaciones sociales. Para ello, la cartilla contiene un recuento de la normatividad internacional que protege el derecho a la protesta social; la normatividad interna que la regula, entre estas el Código de Policía y la ley de Seguridad Ciudadana; y finalmente, el Protocolo de actuación de la sociedad civil en el marco de la protesta social construido por la Campaña.
Por más de cinco décadas Colombia ha sido testigo de un conflicto armado cuyas causas tienen origen en la exclusión política de amplios sectores de la sociedad y en el sostenimiento de un modelo económico que beneficia sólo a unos pocos. En el actual contexto, las víctimas no pueden ser entendidas, solamente, como aquellas que han sido afectadas de manera directa por el conflicto armado.
En Colombia, los centros de reclusión han sido caracterizados como lugares donde se vulneran los derechos humanos, al punto que la Corte Constitucional, en distintas sentencias de tutela, ha declarado la existencia de un Estado de cosas inconstitucional. Esta situación obliga a aumentar el nivel de exigibilidad de los derechos, tanto fuera como dentro de las cárceles.